A pesar de la pérdida recaudatoria, y de haber realizado una subida generalizada de tipos a la mayor parte de los productos, bienes y servicios para intentar cumplir el objetivo de déficit, el Gobierno ha decidido mantener hasta 2013 el tipo superreducido de IVA (4%) con que se grava la compra de la vivienda.
Según el último informe sobre recaudación, Hacienda dejó de ingresar hasta julio 710 millones de euros por esta rebaja del IVA, que Zapatero puso en marcha en septiembre de 2011 y que Rajoy ha mantenido en 2012 para ayudar a los bancos a colocar el stock de viviendas nuevas que en un futuro pasarán también al denominado banco malo. Lo más curioso es que, a pesar de que el PP anunció en la campaña electoral que iba a limitar la aplicación de esta rebaja, el actual Gobierno la ha mantenido para todas las operaciones inmobiliarias, incluso para segunda vivienda. Rajoy calificó de «barbaridad» y de «paradigma de la política de vaivenes» cuando el PSOE introdujo esta medida.
De esta manera, a pesar de los recelos de Bruselas, comprar una vivienda nueva de lujo o una gran mansión, una segunda residencia en la playa o incluso plazas de garaje siguen gozando de un tipo de IVA del 4% (en 2013 se situará ya en tipo reducido del 10%), el mismo que se aplica a productos de primera necesidad como el pan, la leche o los medicamentos.
A pesar de las necesidades de ingresos para el Estado, el ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, había previsto que esta medida tendría un coste recaudatorio de 750 millones en todo 2012. Sin embargo, ya en los primeros siete meses se ha cubierto prácticamente esa cifra, que podría situarse a fin de año en el entorno de los 1.500 millones, lo que equivale a dos tercios de los ingresos que prevé por la subida generalizada del IVA.
A esta pérdida recaudatoria habrá que sumar también el efecto que tendrá la exención del 50% sobre las plusvalías derivadas de las casas que ahora se adquieran. La medida, que el Gobierno aprobó en mayo, y que podrá aplicarse hasta diciembre, tiene como objetivo favorecer los balances bancarios. La exención sirve tanto para personas físicas como jurídicas. Afecta por tanto al impuesto sobre la renta como a sociedades. Eso sí, no se podrán beneficiar las compras realizadas entre padres e hijos o entre empresa y filiales.
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